POR
MANUEL FUENTES GARCÍA
DIRECTOR EN MÉXICO DE LA AGENCIA DE NOTICIAS ESPAÑOLA
EFE
XVIII CONGRESO NACIONAL
DE LA ASOCIACIÓN MEXICANA DE EDITORES.
MAZATLÁN, SINALOA, OCTUBRE 19, 2002.
Seminario Internacional: Los Editores
y el Derecho de Acceso a la Información Pública: Experiencias
de Instrumentación
“LA
BATALLA DE LOS SECRETOS OFICIALES”
(Los Periodistas
Españoles y el Derecho de Acceso a la Información Pública)
El artículo 20 de la Constitución Española
reconoce y protege el derecho a expresar y difundir libremente los pensamientos,
ideas y opiniones mediante la palabra, el escrito o cualquier otro medio
de reproducción, el derecho a la producción y creación
literaria, artística, científica y técnica, el
derecho a la libertad de cátedra, y el derecho a comunicar o
recibir libremente información veraz por cualquier medio de difusión.
El ejercicio de
estos derechos no puede restringirse mediante ningún tipo de
censura previa. El secuestro de publicaciones, grabaciones y otros medios
de información sólo puede acordarse en virtud de una resolución
judicial.
En su artículo
105, la Constitución establece que la Ley regulará
el libre acceso de los ciudadanos a los archivos y registros administrativos,
salvo en lo que afecte a la seguridad y defensa del Estado, las averiguaciones
de los delitos y la intimidad de las personas.
En España está
reconocido el derecho a la cláusula de conciencia y al secreto
profesional en el ejercicio de la profesión periodística.
También existen
leyes que protegen los datos de carácter personal, tributario
y sanitario, así como la información oficial cuya difusión
puede poner en riesgo la seguridad y defensa del Estado.
De esto último precisamente de lo que voy a hablarles en esta
conferencia.
En octubre de 1995, pocos meses antes de
que José María Aznar ganase las elecciones generales y
desplazase del poder a Felipe González, el Gobierno socialista
protagonizó un enfrentamiento sin precedentes entre los poderes
judicial y ejecutivo por su negativa a entregar documentos relacionados
con la “guerra sucia” contra la organización terrorista
ETA.
El juez Baltasar Garzón, que entonces
investigaba la actuación de los llamados Grupos Antiterroristas
de Liberación (GAL), consideraba que los documentos sobre los
GAL eran importantes para su investigación, pero el Gobierno
se negaba a entregárselos, argumentando que se trataba de secretos
oficiales.
A pesar de que los documentos figuraban
en poder de los servicios de inteligencia (CESID, Centro Superior de
Información de la Defensa), ese material estaba al alcance de
cualquiera que se acercase a un kiosco a comprar la prensa.
Las fuerzas políticas de la oposición
(entre ellas el Partido Popular), acusaron al Ejecutivo de obstruir
la acción de la Justicia. Según ellos, la negativa a entregar
los documentos pedidos por Garzón sembraba la sospecha de que
había algo oculto que no se deseaba que se conociera.
La Ley de Secretos Oficiales en la que
se escudaba el Gobierno de Felipe González era una norma franquista
de 1968 que fue reformada en 1978, antes de que se aprobara la Constitución
actualmente vigente. La ley no sólo autorizaba al Consejo de
Ministros a declarar una información como secreto oficial, sino
también a la Junta de Jefes de Estado Mayor.
El Tribunal de Conflictos facultó
al Gobierno a negarse a entregar los documentos y materiales clasificados
como secretos por su interés para la seguridad del Estado.
Para el Defensor del Pueblo, Fernando Álvarez de Miranda, no
había duda: la ley debía reformarse, porque tenía
preceptos de dudosa constitucionalidad. “Los diputados y senadores
deben examinar y buscar una ley distinta que responda más a los
criterios del Estado de Derecho”, dijo.
Para el Ombusdman español, resultaba
“difícilmente admisible” que en la Ley de secretos
Oficiales hubiera “zonas de impunidad” vedadas al poder
judicial durante la investigación de delitos muy graves.
Mientras tanto, el juez Garzón,
que había formado parte transitoriamente del Gobierno de Felipe
González, declaraba que la independencia del poder judicial en
España “había retrocedido lustros” porque
“la apisonadora del Poder Ejecutivo” imponía la razón
de Estado por encima del Estado de Derecho.
Meses después, con José María
Aznar ya en la Moncloa, una de las primeras cosas que hizo el Consejo
de Ministros, fue aprobar el anteproyecto de la Ley Reguladora de Secretos
Oficiales.
El texto señalaba que las personas
que conocieran secretos oficiales no podían prestar declaración
sobre los mismos ante ninguna autoridad, salvo que ante se hubiese producido
la desclasificación total o parcial.
El texto definía como secretos
oficiales los actos, documentos y medios materiales cuya difusión
o conocimiento por personas no autorizadas pudiese ocasionar daños
o entrañar riesgos para la soberanía , la independencia,
la integridad territorial, el ordenamiento constitucional, las instituciones
y la defensa militar de España.
El anteproyecto clasificaba los secretos
oficiales en tres categorías: alto secreto, secreto y confidencial.
Los efectos de la clasificación
serían que los secretos oficiales no podrían ser revelados,
divulgados, ni publicados en ningún caso. Además, los
conocedores de materias clasificadas no podrían declarar sobre
las mismas ante ninguna autoridad, salvo previa desclasificación,
ni podrían desempeñar una actividad privada relacionada
con estos secretos por un periodo de dos o tres años.
Un secreto oficial quedaría desclasificado
una vez que transcurriera el plazo previamente fijado: 50 años
en el caso de los altos secretos y los secretos, y 25 años si
se trataba de información confidencial.
La reacción no se hizo esperar:
Periodistas Sin Fronteras, expresó su preocupación por
un anteproyecto que si acaba convirtiéndose en ley “podía
suponer un grave recorte de la libertad de información imperante
en España”.
La principal organización no gubernamental
dedicada a la defensa de la libertad de prensa en todo el mundo advertía
de que “se restringiría gravemente el acceso de los periodistas
a la información oficial, en detrimento del derecho de los ciudadanos
a ser informados con la mayor transparencia de los actos del estado”.
A Periodistas Sin fronteras le inquietaba
especialmente una figura “denominada en terminología autoritaria,
Autoridad Nacional de Seguridad, con poder jurisdiccional, para rodear
de silencio materias de posible interés nacional, escamoteándolas
a la opinión pública, y la facultad discrecional de imponer
fuertes multas a quienes intentasen romper ese silencio”.
“Este proyecto –decía
Reporteros Sin Fronteras- ha causado alarma social y amenaza a la propia
credibilidad democrática del Gobierno”.
Para el entonces vicepresidente del Gobierno,
Francisco Álvarez Cascos, el objetivo era bien distinto. Se trataba
de consolidar las libertades “sin voluntad de mordaza” aprobando
una ley que suponía un avance respecto a la regulación
que entonces existía.
El Ejecutivo reconocía que leyes
como las de los secretos Oficiales “eran antipáticas por
definición”, pero recalcaba que sólo se iban a introducir
limitaciones “en supuestos tasados que afectasen a la seguridad
nacional”.
El presidente del Gobierno , José
María Aznar, sostenía que una parte de la acción
de cualquier Ejecutivo “debe ser secreta”, justificando
así algunos aspectos restrictivos del anteproyecto elaborado
por su gabinete.
Mientras esto pasaba en el Gobierno, en
el Parlamento se advertía a los diputados que tuvieran acceso
a la información reservada que si revelaban estos secreteos vulnerarían
la ley y, por lo tanto, podría achacárseles responsabilidades
penales. Lo que estaba pasando era que los legisladores de Izquierda
Unida y del Partido Nacionalista Vasco habían anunciado que estaban
dispuestos a informar al juez Garzón sobre los documentos relacionados
la “guerra sucia” contra el terrorismo a los que habían
tenido acceso en su condición de miembros de la Comisión
de Secretos Oficiales de la Cámara baja.
Al juez Garzón le hacía
falta tener constancia legal de dichos documentos para incorporarlos
al sumario, pero su contenido llevaba meses ventilándose en los
principales diarios españoles.
El entonces fiscal general del Estado,
Juan Ortiz Úrculo, declaraba en septiembre de 1996 que no le
gustaba el anteproyecto de ley de Secretos Oficiales, porque en su opinión
era necesario “establecer algún tipo de control judicial
para que la desclasificación de información no fuese una
decisión solitaria del Gobierno”.
Dos meses después se produjo un
hecho decisivo para preservar el derecho de acceso a la información
pública: el Consejo General del Poder Judicial le propuso al
Gobierno que se arbitrase un sistema mediante el cual fuese el Tribunal
Supremo quien decidiese si un determinado documento podía o no
ser desclasificado a petición de un juez penal.
Los jueces le recordaban así al
Ejecutivo que según la Constitución, todas las actuaciones
de la Administración debían estar sometidas al control
judicial de los tribunales, una potestad que ni el Gobierno ni el Parlamento
podían restringir.
Aunque la resolución del órgano
de gobierno de los jueces tenía carácter consultivo, y
no vinculante, José María Aznar entendió el mensaje
y respondió que el Gobierno “atendería con mucho
gusto” las modificaciones que el Consejo General del Poder Judicial
había propuesto introducir en el anteproyecto de ley”,
aunque no estaba de acuerdo con todas.
El anteproyecto fue “aparcado” hasta un momento mejor.
Al mismo tiempo, el Tribunal Supremo ordenó
desclasificar los documentos en poder de los servicios de inteligencia
que dieron origen a la polémica reforma de la normativa sobre
secretos oficiales.
Finalmente, el nuevo proyecto de ley reservó
a una comisión judicial la facultad de revisar decisiones contrarias
a desclasificar documentos secretos. Además, abría la
vía al recurso ante el Tribunal Supremo contra la negativa del
Gobierno a levantar el secreto, cuya clasificación ya se reservaba
en exclusiva al Consejo de Ministros, sin participación del estamento
militar.
Al mismo tiempo se suprimió del
texto la figura de la Autoridad Nacional de Seguridad y se eliminaron
las sanciones por la obtención y divulgación de secretos
de Estado.
La ley -que dejó se llamarse de Secretos Oficiales para denominarse
de Secretos de Estado- rebajaba a la mitad los plazos de desclasificación
de altos secretos, secretos e información confidencial.
El Gobierno aludía en la ley a la
conveniencia de una norma que permitiese la eficaz conjugación
de los principios de seguridad y defensa del Estado con el pleno desarrollo
y ejercicio de los derechos fundamentales y libertades reconocidos en
la Constitución.
El Ejecutivo, que quiso así “evitar las dudas y vacíos
legales en torno a las relaciones entre los órganos constitucionales”,
definió los secretos de Estado como “aquellos asuntos que
afectan directamente a la seguridad y defensa del Estado”.
El proyecto de ley final mantuvo la idea
d que la difusión o conocimiento de esto secretos por personas
no autorizadas puede entrañar riesgos graves para la protección
de los intereses y las actividades esenciales del Estado en general.
Y mientras que en el primero proyecto
se indicaba la obligación de “notificar a los directores
o responsables de los medios de comunicación social la naturaleza
secreta de un asunto cuando prevea su posible publicación”
y se precisaban las infracciones y sanciones por la obtención
de secretos oficiales y su divulgación, en el texto final todo
esto quedó eliminado.
En marzo de 1997,el Gobierno acabó por desclasificar íntegramente
los documentos de los servicios de inteligencia solicitados por los
jueces... hacía meses que todos los españoles conocían
por la prensa la parte sustancial de esos documentos.
En todo este proceso, la prensa se mantuvo
fiel al principio de que el libre acceso a la información oficial
forma parte sustancial de la libertad de información, y sus posibles
abusos sólo deben estar penados por las leyes generales, no creándose
una jurisdicción disuasoria y represiva.
Este hecho y la decidida actuación
de los magistrados demostrando la independencia efectiva del Poder Judicial,
hicieron posible, junto con el favorable estado de la opinión
pública, que la libertad de expresión en España,
que tanto costó conseguir, no sufriese un lamentable retroceso.